Las Comisiones Informativas están integradas exclusivamente por miembros de la corporación municipal. Son órganos sin atribuciones resolutorias que tienen por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del pleno. Igualmente informarán aquellos asuntos de la competencia propia de la Comisión de Gobierno y del Alcalde o presidente, que les sean sometidos a su conocimiento por expresa decisión de aquéllos.
Las Comisiones Informativas pueden ser permanentes y especiales:
Las Comisiones Informativas Permanentes se constituyen con carácter general, distribuyendo entre ellas las materias que han de someterse al Pleno. Su número y denominación iniciales, así como cualquier variación de las mismas durante el mandato corporativo, se decidirá mediante acuerdo adoptado por el Pleno a propuesta del Alcalde o Presidente, procurando, en lo posible, su correspondencia con el número y denominación de las grandes áreas en que se estructuren los servicios corporativos.
Las Comisiones Informativas Especiales son las que el Pleno acuerde constituir para un asunto concreto, en consideración a sus características especiales de cualquier tipo.
En nuestro Ayuntamiento, existen cuatro Comisiones Informativas permanentes: