por alfonso

PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

El Consejo Europeo aprobó el 21 de junio de 2020 la creación del programa Next Generation EU, considerado el mayor instrumento de estímulo económico nunca antes financiado por la Unión Europea, como respuesta a la crisis generada por el coronavirus.

La aprobación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español fue aprobado por la Comisión Europea el 16 de junio de 2021. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es un plan de inversiones y reformas estructurales que se interrelacionan y retroalimentan para lograr 4 objetivos transversales: avanzar hacia una España más verde, más digital, más cohesionada desde el punto de vista social y territorial, y más igualitaria.

El Plan de RTR se orienta a lograr un crecimiento sostenible e inclusivo mediante una estrategia consistente y coordinada, desde el punto de vista temporal y también en relación con el conjunto de instrumentos de política económica nacionales y comunitarios.

El plan consta de 10 políticas palancas y 30 componentes que permiten articular los programas coherentes de inversiones y reformas del plan (Ver Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en PDF).

El plan de recuperación responde plenamente a las recomendaciones específicas de las instituciones europeas, y a los requisitos y prioridades de los nuevos instrumentos Next Generation EU. Este plan prevé la movilización de más de 140.000 millones de euros de inversión pública hasta 2026, con una fuerte concentra de las inversiones y reformas en la primera fase del Plan Next Generation EU, que cubre el periodo 2021-2023, con el fin de impulsar la recuperación y lograr el máximo impacto.

Medidas Antifraude

El artículo 22 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y en su virtud la Orden HPF/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se confgura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), imponen a España, en relación con la protección de los intereses fnancieros de la UE y como benefciaria de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), la obligación de que toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia disponga de un «Plan de Medidas Antifraude». Los objetivos que cubre dicho Plan, y por ende, éste en concreto, consisten en garantizar que, en los respectivos ámbitos de actuación, los fondos se utilizan de conformidad con las normas aplicables y, en particular, que existe una adecuada prevención, detección y corrección del fraude, de la corrupción y de los confictos de intereses.

Mediante Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Baza, adoptado el pasado 31 de agosto de 2022, se aprobó un Plan de Medidas Antifraude y se constituyó una Comisión Antifraude, entre cuyas funciones está la de coordinar la operativa de la política antifraude en el Ayuntamiento de Baza, velar por el cumplimiento de la normativa legal en esta materia, así como, elaborar instrucciones.

Este Plan es de aplicación:

A quienes realicen tareas de gestión, seguimiento, control y pago en el marco de los proyectos y actuaciones fnanciadas con cargo al MRR.

  1. A los benefciarios de las ayudas.
  2. A los contratistas y subcontratistas que resulten perceptores o cuyas actuaciones sean fnanciadas con fondos provenientes del MRR.

El plan se ha estructurado en una serie de medidas en relación con el fraude y los confictos de interés en torno a los cuatro elementos clave del denominado “ciclo antifraude”:

  1. PREVENCIÓN, para el desarrollo de una cultura ética basada en el fomento de valores como la integridad, la objetividad, la rendición de cuentas y la honradez. En este sentido, se ha aprobado una Declaración Institucional de lucha contra el fraude, unos modelos de Declaraciones de Ausencia de confictos de intereses (DACI), conforme a la normativa correspondiente, realización de acciones formativas y una evaluación del impacto y probabilidad del riesgo.
  2. DETECCIÓN de los comportamientos fraudulentos mediante el uso de la Base Nacional de Datos de Subvenciones (BNDS) o la Plataforma de Contratos del Sector Público (PLCSP). Igualmente, se ha aprobado un catálogo de indicadores de riesgo (banderas rojas), así como se han establecido canales de comunicación para informar de las posibles sospechas de fraude.
  3. CORRECCIÓN mediante un procedimiento a aplicar en caso de que se detecte un posible fraude o su sospecha fundada con intervención de la Comisión Antifraude.
  4. PERSECUCIÓN, dando traslado y comunicación a la autoridad competente.