Desde la Oficina Comarcal Agraria de nuestra ciudad nos remiten información relacionada con los posibles daños que hayan podido sufrir las explotaciones agrarias a consecuencia de la DANA del 29 de octubre en el conjunto de la comarca de Baza. Según esta comunicación, si bien los daños observados no son generalizados en el conjunto de los municipios de la comarca, esto no impide que sí se hayan podido ocasionar daños individualizados en determinadas zonas o áreas concretas (próximas al paso de cañadas, ramblas, ríos…).
Ante la situación descrita, es aconsejable que el agricultor y/o ganadero afectado siga los siguientes pasos:
1.Registrar el fenómeno climático adverso y la producción afectada en el “Registro de Datos Locales Climáticos Adversos”. Aquí podrá registrar el fenómeno climático adverso que haya afectado a la producción agraria. Para ello, se rellenará el formulario electrónico donde cualquier ciudadano (independientemente de que sea agricultor o ganadero) podrá registrar nuevos fenómenos climáticos adversos locales que se produzcan en el entorno donde se encuentre. El formulario se puede visualizar tanto desde un ordenador como desde el móvil y consta de una serie de campos que son obligatorios y
están marcados con asterisco siendo los siguientes (provincia, tipo de fenómeno, localización, fecha y hora en que se produce) además tiene otros campos opcionales, entre ellos permite subir fotografías (es muy aconsejable incorporar fotografías del siniestro).
El formulario es público y se accede en el enlace:
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https://survey123.arcgis.com/share/06db041fc04e485eabdc1bac44a4a8e9
- No menos importante es comunicar el siniestro inmediatamente a su Seguro Agrario.
- Solicitar la reducción INDIVIDUAL de módulos a petición del agricultor/ganadero a la Agencia Tributaria del Estado.
La Reducción individual de módulos se realiza a petición del titular de explotación que haya sufrido un siniestro por adversidades climáticas: como ya hemos explicado, ésta petición se aplicaría únicamente cuando son casos aislados en una zona, que no pueda ser considerada admisible para la reducción por módulos del total del municipio. Hay que solicitarlo en los siguientes 30 días tras el hecho causante del siniestro. Enlace con el RD 439/2007. <<https://eur02.safelinks.protection.outlook.com/?url=https%3A%2F%2Fwww.boe.e
s%2Fbuscar%2Fpdf%2F2007%2FBOE-A-2007-6820-consolidado.pdf&data=05%7C02%7Coca
.baza.agapa%40juntadeandalucia.es%7C93edd106d8f940d9b0de08dcfcd28f2b%7C6f790
c0b1f114877a4dff835ab8e7e1f%7C0%7C0%7C638663228910664553%7CUnknown%7CTWFpbGZ
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pbCIsIldUIjoyfQ%3D%3D%7C0%7C%7C%7C&sdata=VrkeME4JczK9aqgLus8gIHDKe0wSXUHHK6g
qsmhTuK4%3D&reserved=0>
https://www.boe.es/buscar/pdf/2007/BOE-A-2007-6820-consolidado.pdf>.