El Ayuntamiento oferta cursos dirigidos a personas desempleadas en materia de albañilería, confección de páginas web e iniciación a la informática
El Ayuntamiento de Baza tiene previsto impartir a partir del segundo trimestre del año una serie de cursos formativos dirigidos especialmente a personas desempleadas. Una oferta que se lleva a cabo gracias a una subvención concedida por la consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía.
Los certificados de profesionalidad que se impartirán en Baza son los siguientes:
1) Operaciones básicas de albañilería de fábricas y cubiertas. Duración: 320 horas.
2) Confección y publicación de páginas web. Duración: 560 horas.
3) Alfabetización informática: Informática e internet. Duración: 25 horas.
Las inscripciones podrán realizarse presencialmente o en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Baza mediante los modelos normalizados disponibles en la Oficina de Atención al Ciudadano y en el Anexo I de la Resolución de 25 de mayo de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan para el año 2022 subvenciones públicas, en la modalidad de formación de oferta dirigida a personas trabajadoras desempleadas.
La solicitud irá acompañada del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria en el caso de que se solicite el curso de confección y publicación de páginas web por ser certificado de profesionalidad de nivel 2. En los demás casos al ser certificados de profesionalidad de nivel 1 no se exigen requisitos académicos ni profesionales.
Las fechas de impartición de los cursos aún no se conocen exactamente pero sí se sabe que será a partir del segundo trimestre del año, en horario de mañanas de 9h a 14h. .
Las personas destinarias a las que van dirigidas estos cursos son:
1. Personas trabajadoras desempleadas con dificultades para su inserción o recualificación profesional, que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
A. Personas perceptoras de rentas mínimas de inserción social o de ingreso mínimo vital.
B. Personas en desempleo de larga duración.
C. Personas desempleadas mayores de 45 años.
D. Personas desempleadas inmigrantes.
E. Personas desempleadas con déficit de formación, que no hayan obtenido el título de Enseñanza secundaria obligatoria (en adelante ESO) o equivalente.
F. Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
G. Personas que tengan reconocida la condición de refugiado/a y personas solicitantes o beneficiarias de protección internacional, del estatuto de apátrida o de protección temporal.
H. Personas pertenecientes a minorías étnicas, cuando acrediten estar en situación o riesgo de exclusión social.
2. Mujeres desempleadas en situación de vulnerabilidad.
3. Personas trabajadoras desempleadas con necesidades formativas especiales, que cumplan alguno de los siguientes requisitos: personas con discapacidad física, mental, intelectual o sensorial.
Este programa de formación profesional para el empleo dirigido a personas desempleadas no contempla ningún tipo de retribución al alumnado; no obstante, los alumnos podrán solicitar las becas y ayudas previstas en la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo (Anexo II).