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Requisitos para acceder al Programa de Formación y Empleo

por Ayuntamiento de Baza 18 de enero de 2023
18 de enero de 2023
2,6K

Se hacen públicos los requisitos para acceder al Programa de Empleo y Formación que arrancará en abril con contrato de formación remunerado

El Ayuntamiento de Baza ha recibido toda la formación relativa a los requisitos para acceder al Programa de Empleo y Formación para el que se ha solicitado el proyecto “Estación Ferrocarril II” para 15 alumnos. El proyecto cuenta con la financiación de la consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, del SEPE y del Fondo Social Europeo.

Está prevista como fecha de comienzo el 20 de abril, por lo que el proceso de selección se realizará a lo largo del mes de marzo. Las personas seleccionadas tendrán un contrato de formación en alternancia remunerado conforme a la legislación vigente.

Para participar como persona candidata en las ofertas del Programa de Empleo y Formación además de cumplir los requisitos, a la fecha de preselección por parte del Servicio Andaluz de Empleo, así como a la fecha de formalización del contrato de formación y aprendizaje, la persona demandante deberá tener solicitado en su demanda el servicio 370_OTROS PROGRAMAS DE FORMACIÓN Y EMPLEO. FORMACIÓN DUAL, incluyendo la familia profesional de la especialidad solicitada (PEON DE ALBAÑILERIA Y ELECTRICISTA), o familia profesional y área de conocimiento, según proceda. Este servicio podrá registrarse tanto en las oficinas del Servicio Andaluz de Empleo como en las Unidades de orientación.

De conformidad con los artículos 3 y 10 de la Orden de 13 de septiembre de 2021, las condiciones de participación y acceso del alumnado serán las siguientes:

a) Podrán participar, con carácter general, en el procedimiento de selección, aquellas personas demandantes de empleo no ocupadas que sean mayores de 16 años y que estén inscritas como tal en el Servicio Andaluz de Empleo.

b) El alumnado deberá cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de formación en alternancia, así como los requisitos de acceso marcados en la normativa reguladora de los certificados de profesionalidad y demás acciones formativas que vayan a impartirse (Titulación de graduado escolar o equivalente).

c) Estos requisitos deberán cumplirse a la fecha de preselección por parte del Servicio Andaluz de Empleo, así como a la fecha de su incorporación al inicio del proyecto.

Los colectivos a los que preferentemente se dirige la acción son los siguientes:

– Personas menores de 30 años.

– Personas mayores de 45 años.

– Mujeres víctimas de violencia de género, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

– Personas perceptoras de rentas mínimas de inserción social o de ingreso mínimo vital.

– Personas con discapacidad según el artículo 4 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

Estas situaciones deberán cumplirse a la fecha de preselección por parte del Servicio Andaluz de Empleo, así como a la fecha de formalización del contrato de formación en alternancia.

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