Se establecen los servicios mínimos en el servicio de ayuda a domicilio y se mantiene la misma asistencia a 198 personas con gran dependencia y dependencia severa
Los servicios mínimos en el Servicio de Ayuda a Domicilio de la ley de la dependencia y del sistema municipal están instaurados en su totalidad en Baza, con los objetivos de disminuir al máximo las posibilidades de contagio por coronavirus a las personas dependientes y a las trabajadoras del servicio y garantizar la asistencia personal y muy necesaria para el desarrollo de la actividad diaria de las personas dependientes.
La reorganización del servicio mantiene una atención básica y necesaria a 198 personas con dependencia severa y grandes dependientes, a quienes se les mantiene el servicio en las mismas horas. Las auxiliares realizan tareas de carácter personal relacionadas con movilizaciones, levantarse y acostarse, aseos, vestir, dar de comer y beber, administración de medicación, tareas domésticas de elaboración de comida, compras básicas, lavado imprescindible de ropa y la necesaria limpieza mínima dirigida a la desinfección y prevención de contagio.
La asistencia para 188 personas de grado I se ha modificada debido a que su situación personal les permite desarrollar con cierta autonomía las tareas básicas y, además, tienen una red familiar que les puede atender. De este total 150 tienen un servicio presencial reducido, y a otras 38 personas se les suspende. A todas se realiza un seguimiento telefónico para garantizar que tienen cubiertas sus necesidades básicas y atenderlas presencialmente en caso necesario.
Por otro lado, desde el comienzo de la expansión del coronavirus en nuestro país, han sido 82 las personas dependientes que se han dado de baja voluntariamente del servicio de asistencia personal.
Los servicios mínimos están regulados por el decreto municipal, aprobado el viernes 21 de marzo, de reestructuración del servicio establece dos circunstancias diferentes para la prestación del servicio, la primera para los casos en los que no exista material de protección adecuado para las trabajadoras y personas dependientes y la segunda para los casos en los que sí se dispone de este material.
Esta reorganización de tareas permite, disminuir los servicios presenciales de las trabajadoras hasta que la empresa adjudicataria de SAD y el Ayuntamiento de Baza, reciban material de protección suficiente para las trabajadoras y el servicio se pueda restablecer.